Informacion suministrada por
Indemnización sustitutiva de pensiones
¿Cuándo se puede realizar? | Cualquier fecha |
¿A dónde ir? | Ver puntos de atención |
¿Requiere pago? | No, es gratuito |
¿Es totalmente en línea? | No |
Última actualización: 20-01-2022
Obtener el reconocimiento del derecho a recibir una indemnización sustitutiva (Pago único), de: Vejez: Los afiliados que habiendo cumplido la edad para obtener la pensión de vejez no hayan cotizado el mínimo de semanas exigidas, y declaren su imposibilidad de continuar cotizando. Invalidez: El afiliado que al momento de invalidarse no hubiere reunido los requisitos exigidos para la pensión de invalidez. Sobrevivientes: Los miembros del grupo familiar que prueben la calidad de beneficiarios del afiliado fallecido, que al momento de su deceso no hubiese dejado causado el derecho a la pensión de sobrevivientes.
Sistema Único de Información de Trámites - SUIT
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