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Cancelación de un registro de marca, lema comercial o de autorización de uso de denominación de origen

¿Cuándo se puede realizar?

En el caso de cancelación por no uso, haber transcurrido tres (3) años desde la notificación de la resolución que agotó el trámite de registro de la marca objeto de cancelación. (Artículo 165 de la Decisión 486 de 2000), así como realizar la solicitud en forma física o en la oficina virtual y pagar la tasa correspondiente.

¿A dónde ir?

Ver puntos de atención

¿Requiere pago?

Sí, Ver detalle en la sección (Para realizarlo necesita)

¿Es totalmente en línea?

Última actualización: 10-03-2025

Descripción

1. Cancelación de un registro de marca o lema comercial cuando sin motivo justificado no ha sido utilizado dentro del mercado de la Comunidad Andina por su titular o por otra persona autorizada para ello, durante los tres años consecutivos precedentes a la presentación de la acción de cancelación (falta de uso). 2. Cancelación de un registro de marca o lema comercial si existe un registro que ha sido concedido desconociendo la existencia previa de un signo notoriamente conocido en la Comunidad Andina, con el cual resulta confundible (notoriedad). 3. Cancelación de un registro de marca o lema comercial cuando se ha convertido en una expresión genérica o de uso común para los productos o servicios que ella distingue (vulgarización). 4. Cancelación cuando la autorización de uso de la denominación de origen es utilizada en el mercado de una manera que no corresponde a lo indicado en la declaración de protección de la denominación de la origen.

Resultado que se obtiene
¿Dónde se puede hacer seguimiento a la solicitud?
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