Informacion suministrada por

ALCALDIA DE SAN LUIS - ANTIOQUIA


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Impuesto predial unificado

¿Cuándo se puede realizar?

El impuesto se causa a partir del primero de enero del respectivo periodo fiscal; su liquidación será anual y se pagará dentro de los plazos fijados por la Tesorería.

¿A dónde ir?

Ver puntos de atención

¿Requiere pago?

Sí, Ver detalle en la sección (Para realizarlo necesita)

¿Es totalmente en línea?

No

Última actualización: 29-12-2016

Descripción

Pago que todo propietario, poseedor o quien disfrute del bien ajeno, debe realizar sobre los bienes inmuebles o predios ubicados en la respectiva jurisdicción del Municipio o Distrito

Resultado que se obtiene
¿Dónde se puede hacer seguimiento a la solicitud?
Soporte legal
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Sistema Único de Información de Trámites - SUIT

Departamento Administrativo de la Función Pública

Carrera 6 No. 12-62 Bogotá D.C - Teléfono +57 (601) 739 5656