Informacion suministrada por

ALCALDIA DE PUERTO GAITAN


Página web de la entidad

...

Impuesto de espectáculos públicos

¿Cuándo se puede realizar?

El Responsable deberá consignar su valor el día siguiente a la presentación del espectáculo ocasional y los tres días cuando se trate de espectáculos continuos

¿A dónde ir?

Ver puntos de atención

¿Requiere pago?

Sí, Ver detalle en la sección (Para realizarlo necesita)

¿Es totalmente en línea?

No

Última actualización: 07-03-2025

Descripción

Pago que se genera por la realización o presentación de espectáculos públicos diferentes de los espectáculos de artes escénicas.

Resultado que se obtiene
¿Dónde se puede hacer seguimiento a la solicitud?
Soporte legal
Compartir

Sistema Único de Información de Trámites - SUIT

Departamento Administrativo de la Función Pública

Carrera 6 No. 12-62 Bogotá D.C - Teléfono +57 (601) 739 5656