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ALCALDIA DE FILANDIA


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Exención del impuesto predial unificado

¿Cuándo se puede realizar?

Entre el 15 de diciembre del año en curso y el último día hábil de enero de la siguiente vigencia

¿A dónde ir?

Ver puntos de atención

¿Requiere pago?

No, es gratuito

¿Es totalmente en línea?

No

Última actualización: 07-05-2025

Descripción

Exoneración total de la obligación que tienen las personas naturales y jurídicas propietarias o poseedoras de predios, de conformidad con la causal determinada por las respectivas jurisdicciones territoriales.

Resultado que se obtiene
¿Dónde se puede hacer seguimiento a la solicitud?
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Carrera 6 No. 12-62 Bogotá D.C - Teléfono +57 (601) 739 5656